Avanza el proyecto de ley de jubilación para escritores: la comisión de Cultura emitió dictamen de mayoría

La Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados emitió esta mañana dictamen de mayoría para el proyecto de Ley de Autores elaborado por los diputados del Frente Nuevo Encuentro Juan Carlos Junio y Carlos Heller, que tiene como fin esencial que los escritores literarios argentinos reciban una asignación mensual de carácter personal, intransferible y vitalicia, equivalente a tres  veces el haber mínimo jubilatorio.


“Este es un proyecto que se propone generar un reconocimiento a los escritores literarios: poetas, cuentistas, narradores y novelistas argentinos, a partir de valorar su aporte a la cultura nacional. El proyecto define con precisión que los escritores además de hacedores de cultura son trabajadores de la cultura y por lo tanto tienen que tener un reconocimiento y una asignación de carácter previsional para que tengan una perspectiva de vida digna para cuando se retiren como trabajadores activos”, explicó hoy Juan Carlos Junio, impulsor del proyecto en la Comisión de Cultura.

Durante la reunión de Comisión, el diputado nacional explicó además que la idea de trabajar en este proyecto de ley surgió de un grupo de escritores que se reúnen en el Centro Cultural de la Cooperación. Junio explicó además que la iniciativa recibió la adhesión de más de 800 referentes de la cultura y que tiene el respaldo de todos los diputados del Frente Nuevo Encuentro.

Junio manifestó también que la denominada “Ley de Autores” recibió oportunamente el apoyo de la Sociedad Argentina de Escritores (SADE). En ese sentido, leyó un segmento de la carta que le enviaron las autoridades de esa organización que tiene 6.500 escritores miembros: “no podemos más que apoyar este proyecto de ley que impacta en las condiciones de vida de un sector de escritores literarios que estaban siendo postergados”, decía la misiva.
El legislador nacional agregó que “el gran valor que tiene este proyecto es que a los escritores jóvenes o de edad mediana les brinda una gran perspectiva a futuro, porque continuando y sosteniéndose en su vocación y profesión de escritores finalmente van a poder acceder a una asignación que les va a asegurar una vida digna”.

Junio, reconocido además por su trabajo como director del Centro Cultural de la Cooperación, manifestó que “el Proyecto de Ley de Autores tiende a dignificar y a reconocer la escritura literaria como una profesión específica que tiene derechos previsionales. Nuestro objetivo es reparar la ausencia de derechos para este sector tan trascendente de la sociedad. Queremos que nuestros escritores puedan potenciar el don que poseen, dedicándose plenamente a su vocación, sin necesidad de desviarse hacia otras profesiones que circunstancialmente le permitan ´parar la olla´ todos los días o buscar un horizonte jubilatorio”.

En el texto del proyecto de ley se define como beneficiarios de este derecho a “todos los escritores literarios que cumplan con los siguientes requisitos:  Ser argentino, naturalizado o tener residencia permanente en la República Argentina con una antigüedad no inferior a quince (15) años; Tener una edad mínima de sesenta y cinco (65) años; Acreditar una trayectoria pública y constante en la creación literaria no inferior a veinte (20) años o haber publicado cinco (5) libros de creación propia o diez (10) incluyendo coautoría artística, debidamente registrados, los cuales deberán haber sido escritos en lengua castellana o cualquiera de las lenguas originarias, comprendiéndose también las ediciones bilingües; y haber realizado, como mínimo, aportes por quince (15) años, de manera continua o alternada, al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS)”.

El proyecto crea también una comisión de evaluación ad-honorem para dictaminar la incorporación de los escritores/as literarios a este régimen, previa evaluación de los requisitos exigidos.
La iniciativa de Junio y Heller será tratada ahora en las comisiones de Previsión y Seguridad Social, Peticiones, Poderes y Reglamento y Presupuesto y Hacienda.

Ley de AUTORES (Asignación Única por Trabajos y Obras en Reconocimiento a Escritores)

La vida ha demostrado que son muchos los escritores que terminaron sus días en la indigencia, y posiblemente se cuenten por decenas los que además lo hicieron en el silencio y el olvido. Casi constituye un tópico de la condición de escritor, tanto como la ingratitud de la sociedad para con ellos.

Muchas veces se ha intentado paliar estas situaciones mediante el otorgamiento de premios a la trayectoria, homenajes y hasta pensiones graciables. A pesar de la justicia de estas iniciativas, en la mayoría de los casos llegan tarde, son limitadas a unos pocos y saben a dádiva.

Esta gran iniciativa política y cultural es un aporte valioso con vistas a lograr una trascendente reparación para los escritores literarios argentinos, a la vez que permite seguir recorriendo un camino de mayor equidad y justicia con sentido colectivo y solidario.

Scroll al inicio